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Últimamente nuestros clientes nos han estado preguntando si su reforma tendrá un IVA reducido. Por esta razón, vamos a intentar arrojar un poco de luz sobre este confuso tema, que aunque no tiene una explicación directa sí que es muy sencillo de entender.

Este IVA reducido se puede aplicar en los siguientes casos, aunque hay muchos más:

  • La rehabilitación de fachadas
  • Tejados o forjados
  • Patios interiores
  • Obras de rehabilitación energética
  • Instalaciones eléctricas o de protección contra incendios

Nosotros nos vamos a centrar en los apartados relacionados con nuestra actividad de reformas de interiores.

 

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Requisitos Legales para solicitar el IVA reducido, es importante cumplir con lo siguiente:

  • Nuestro cliente sea una persona física (esto quiere decir que no realice ninguna actividad empresarial o profesional)
  • La reforma que se realice sea en la vivienda destinada para uso particular.
  • La vivienda no vaya a ser destinada a alquiler.
  • La vivienda se haya construido o se haya rehabilitado al menos 2 años antes del inicio de estas obras.
  • Los materiales aportados para la ejecución de la obra, no deberá exceder el 40% de la base imponible del total de la obra.

Se considerarán “materiales aportados” todo el material necesario para la reforma, incluidos los materiales de construcción: cemento, yeso, pegamentos de agarre, pasta de juntas, etc. ya que, estos quedan incorporados a la vivienda.

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Ejemplos:

Como la explicación directa es un tanto compleja, vamos a poner unos ejemplos, con los que nos quedará mucho más claro. Hay que tener en cuenta que estas cantidades son totalmente hipotéticas y al azar.

Ejemplo 1:

Si lo que quieres es cambiar la iluminación de la vivienda y nos pides el material y la mano de obra de colocación, al terminar la obra tedremos una factura final así:

Materiales 300€

Mano de Obra 700€

Base Imponible 1.000€

En este caso, se puede solicitar una factura con el tipo de IVA reducido del 10%.

Ejemplo 2:

Si lo que quieres es reformar la cocina incluyendo los muebles, electrodomésticos, revestimientos, iluminación y su mano de obra, al terminar la obra obtendremos una factura final así:

Materiales 7.000€

Mano de Obra 3.000€

Base Imponible 10.000€

En este caso, no se puede solicitar una factura con el IVA de tipo reducido y la factura final tendrá un tipo general de IVA del 21%.

Esperamos que con esta pequeña explicación os haya sido de ayuda, y que a partir de ahora esté un poco más claro este tema, aunque siempre podeis consultarnos antes de realizar la obra.

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